Inspección, Verificación y Tramitología del Sector Hidrocarburos

SASISOPA

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Es un conjunto integral de elementos interrelacionados y documentados cuyo objetivo es la Prevención, Control y Mejora del desempeño de una instalación o conjunto de ellas en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al medio Ambiente.

NOM-005-ASEA-2016

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Cada Estación de Servicio deberá contar con un dictamen de operación y mantenimiento cada año calendario (Entiéndase año calendario la vigencia del dictamen desde la fecha de emisión). Éste dará sustento que se ha verificado el cumplimiento a la totalidad de requisitos y especificaciones establecidas en la NOM-005-ASEA-2016. Instrumento normativo que regula el diseño, la construcción, operación y mantenimiento de las estaciones de servicio de expendio y autoconsumo de diésel y gasolina.

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NOM-016-CRE-2016, Especificaciones De Calidad De Los Petrolíferos

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Instrumento normativo que establece las especificaciones y los periodos de las pruebas de calidad de petrolíferos que deben cumplir los regulados.

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NOM-005-SCFI-2017: Instrumentos Y Sistemas Para Medición Y Despacho De Gasolina Y Otros Combustibles

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En octubre de 2020 entró en vigor la modificación completa de la Norma Oficial Mexicana NOM-005-SCFI-2017. En ella se establece que todas las estaciones de servicio de despacho de gasolina y diésel del país deberán contar con dispensarios nuevos o actualizados que cumplan con las características y especificaciones establecidas en dicha norma.

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Sistema De Gestión De Mediciones (SGM)

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Un sistema de gestión de la medición, asegura que los equipos, los procesos de medición y el personal involucrado converjan de manera eficiente para lograr los objetivos planificados y controlar el riesgo de obtener resultados incorrectos en los sistemas de medición.

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Análisis De Riesgos Para El Sector Hidrocarburos (ARSH)

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Es un documento que integra la identificación de peligros, evaluación y Análisis de Riesgos de Procesos, con el fin de determinar metodológica, sistemática y consistentemente los escenarios de riesgo generados por un Proyecto y/o Instalación. Así como la existencia de dispositivos, Sistemas de Seguridad, salvaguardas y barreras apropiadas y suficientes para reducir la probabilidad y/o consecuencias de los escenarios de Riesgo identificados; el análisis de las interacciones de Riesgo y vulnerabilidades hacia el personal, población, medio ambiente, instalaciones y producción.
Recomendaciones o medidas de prevención, control, mitigación y/o compensación para la reducción de Riesgos a un nivel Tolerable.

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Protocolo De Respuesta A Emergencias (PRE)

Es un documento que integra los planes, procedimientos y actividades que deberán ejecutar los Regulados para alertar, comunicar, responder, mitigar y/o controlar una Emergencia.
Para verificar el cumplimiento de los lineamientos, la Agencia podrá llevar a cabo los actos de:

  • Supervisión.
  • Inspección y verificación correspondientes a las acciones presentadas en su PRE.
  • Requerir documentos, evidencias (físicas y documentales).
  • Así como el acceso a programas, sistemas y bases de datos electrónicos de los Regulados, vinculados con el objeto de la visita.
 

Este requerimiento fue publicado en el DOF: 22/03/2019

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Preguntas Frecuentes

¿Quién debe cumplir con el SASISOPA?
El SASISOPA es obligatorio para las actividades de:
  • 1. Expendio al público de gas natural.
  • 2. Expendio al público de gas licuado de petróleo.
  • 3. Expendio al público de petrolíferos (estaciones de servicio o gasolineras).
  • 4. Distribución de gas licuado de petróleo, y
  • 5. Distribución de petrolíferos.

¿Qué obligación genera el SASISOPA?
  • Contar con un Sistema de Administración, al cual la ASEA le otorgará un Registro de la Conformación (por persona, razón o denominación social), y
  • Contar con una Autorización del Sistema de Administración a Implementar (por cada instalación).
  • Implementar el SASISOPA y posteriormente cumplir con evaluaciones y auditorías del mismo.

¿Existe fecha límite para la conformación del SASISOPA?
La fecha límite concluyó. Si aún no cuentas con tu Conformación y Autorización, contáctanos para evitar una sanción.
¿El SASISOPA tiene pago de derechos?
Si, se debe cubrir un importe de Derechos y Aprovechamientos ante la ASEA. Este depende del tipo de actividad que realices.
¿Existen sanciones por no contar con el SASISOPA?
Desde $43,440,000 a $1,303,200 pesos mexicanos.
¿Requiere dictamen de un tercero autorizado?
Si, se requiere contar con dictamen por un tercer autorizado.
¿Se puede hacer un SASISOPA para todas mis estaciones?
No, el SASISOPA debe estar realizado individualmente para cada instalación.

¿Cómo obtengo mi dictamen de cumplimiento?
Para la emisión del dictamen de cumplimiento, correspondiente a la etapa de operación y mantenimiento, se realizará la evaluación de la conformidad por un tercero autorizado
¿Qué pasa si no tengo mi dictamen de operación y mantenimiento?
Serás acreedor a sanciones, multas y posible clausura de tu estación de servicio.
¿Se requiere visita a la estación de servicio para la emisión del dictamen?
Sí se requiere visita.

¿Qué autoridad la calidad de los petrolíferos?
Ante la Comisión Reguladora de Energía.
¿Qué necesito para cumplir esta norma?
Contar con las dos pruebas semestrales emitidas por un laboratorio acreditado dependiendo de las características de tu instalación.
¿En dónde puedo consultar esta información?
DOF: 29/08/2016, ACUERDO por el que la Comisión Reguladora de Energía expide la Norma Oficial Mexicana NOM-016-CRE-2016, Especificaciones de calidad de los petrolíferos.

¿Existen sanciones por no contar con el DICTAMEN?
El incumplimiento de esta Norma le podría generar multas que van desde los $800,000, más la inmovilización de bombas.

¿Quién debe cumplir con el SGM?
El SGM deberá ser implementado por los Permisionarios de petróleo, petrolíferos y petroquímicos que hayan obtenido o soliciten un permiso de:
  • Expendio al público
  • Almacenamiento
  • Distribución
  • Transporte por medio de ducto

¿Existe Fecha límite para la conformación del SGM?
La fecha límite concluyó. Si aún no cuentas con tu Sistema de Gestión de las Mediciones, contáctanos para apoyarte y evitar sanciones.
¿El sistema de gestión de las mediciones tiene pago de derechos?
No, esta obligación no exige pago de derechos.
¿Se puede hacer un SGM para todas mis estaciones?
No, el Sistema de Gestión de las Mediciones debe estar realizado individualmente para cada instalación física, ya que los equipos de medición, procedimientos y evidencias son únicos por cada estación.

¿Es obligatorio?
Si, este requerimiento fue publicado por primera vez el 11 de julio de 2018 y la actualización con base a la Guía para la elaboración del análisis de riesgo para el sector hidrocarburos publicada por la ASEA en Julio 2020.
Para la ASEA, la Administración del Riesgo es un tema prioritario que permite garantizar que las actividades del Sector Hidrocarburos se desarrollen con criterios de protección al ambiente, bienestar social y desarrollo económico.

¿Cada cuánto se actualiza el protocolo de respuesta a emergencias (PRE)?
Si, este requerimiento fue publicado por primera vez el 11 de julio de 2018 y la actualización con base a la Guía para la elaboración del análisis de riesgo para el sector hidrocarburos publicada por la ASEA en Julio 2020.
Para la ASEA, la Administración del Riesgo es un tema prioritario que permite garantizar que las actividades del Sector Hidrocarburos se desarrollen con criterios de protección al ambiente, bienestar social y desarrollo económico.
¿El protocolo de respuesta a emergencias tiene pago de derechos?
No, esta obligación no exige pago de derechos.
¿Se puede hacer un protocolo de respuesta a emergencias (PRE) para todas mis estaciones?
No, el Protocolo de Respuesta a Emergencias (PRE) debe ser realizado individualmente para cada instalación física, ya que las emisiones son variables.